Tranquilidad en ese sentido. No se van a iniciar expedientes sancionadores por esta causa. En los casos en que la
reglamentación aplicable a productos e instalaciones contra incendios establezca la obligación de someterlos a
inspecciones periódicas obligatorias, de conformidad con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los plazos que impone la administración para efectuar dichas actuaciones quedan suspendidos, en tanto esté decretado el estado de Alarma.
No obstante, se recomienda que permanezcan atentos a los cambiosde la situación actual del estado de Alarma que permitan retomar los plazos suspendidos obligándole a su cumplimiento.
Las empresas de servicios, y entre ellas las reguladas por la normativa de seguridad y prevención contra incendios no se encuentran incluidas en las limitaciones del RD 463/2020, por lo que podrían seguir prestando sus servicios.
Quedarían, por tanto suspendidas las actividades menores de multiasistencia ofrecidas por las empresas de seguros con carácter accesorio. No obstante, desde la patronal UNESPA informan que el seguro debe atender en las actuales circunstancias diversas situaciones de urgencia.
Entre estas figuran reparaciones básicas para preservar la habitabilidad de las viviendas en un contexto de confinamiento domiciliario, actuaciones en empresas y comercios para que puedan continuar con su actividad productiva, asistencia en carretera y reparación de vehículos con permiso para circular, etc.
Por otro lado, las comunidades de propietarios titulares de este tipo de instalaciones de protección contra incendios, están obligados a mantener en vigor el contrato de mantenimiento mientras mantengan en funcionamiento las instalaciones, como por ejemplo, para atender situaciones de emergencia. No obstante, en aquellos casos en los que el reglamento aplicable fije unas ciertas operaciones de mantenimiento que deban ser realizadas cada cierto tiempo, el plazo máximo entre dichas operaciones ha quedado suspendido. Todo ello sin perjuicio de que el titular de la instalación manifestara su voluntad de que dichas operaciones se realizasen, en cuyo caso la empresa de mantenimiento debería hacerlas mientras el contrato se mantenga en vigor.
En este período de confinamiento, estamos asistiendo a un incremento en cuanto a siniestros por incendios se refiere y víctimas. En nuestra web incendiohoy.com se puede seguir la magnitud de los incendios domésticos desde que comenzó el periodo de confinamiento.
Además es importante tener en cuenta que la intoxicación y las quemaduras son las principales causas de muerte en incendios, sobre todo en estos momentos de confinamiento en los hogares. El salón sigue siendo la dependencia de la vivienda en la que se origina el mayor número de incendios, seguido, muy de cerca, por el dormitorio y la cocina.
Desde el sector de seguridad contra incendios, el compromiso con la protección de las personas frente a los incendios está garantizado.